“Un rasgo curioso del problema ontológico es su simplicidad. Puede formularse en dos monosílabos: «¿Qué hay?». Puede además responderse en una sola palabra: «Todo»; y todos aceptarán esta respuesta como verdadera. Sin embargo, esto es sólo decir que hay lo que hay. Queda lugar para discrepancias en casos particulares; y así la cuestión ha persistido a través de los siglos.”

(Willard Van Orman Quine, filósofo estadounidense, 1908-2000)

Acaba de hacer ahora justo un mes que la Sala Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tuvo a bien publicar (15/02/2023) la Sentencia desestimatoria de todos los recursos contenciosos (9) presentados contra la aprobación del planeamiento urbanístico relativo al ámbito del entorno de la estación madrileña de Chamartín, que fue reciente y pomposamente rebautizado como “Madrid Nuevo Norte”.

Tiene lugar la Sentencia treinta años después del inicio (1993) de una dilatada trayectoria salpicada de hechos y de actos inconexos en apariencia, guiados eso sí por un propósito invariable: la realización de un colosal negocio asociado a la transformación de un espacio, de un “vacío” situado en un lugar de la ciudad con máximo valor estratégico en su proceso de  expansión.

En su conjunto la referida sucesión de actos -y de hechos- tanto los ya registrados como los que en adelante acontecerán, reúne las condiciones para su consideración como un “caso”, pudiendo y debiendo ser contemplada como tal para su cabal comprensión. Y ello por una doble razón.

En primer lugar y desde un punto de vista ontológico -por así decir-, en tanto resulta ser la expresión particularizada de un “universal“: el Urbanismo, al examinarse éste en la degradada evolución que ha experimentado en los últimos 30-35 años, con especial intensidad y alcance en su plasmación propiamente madrileña.

Pero además, por los numerosos vestigios de ilicitud, susceptibles de investigación en cuanto tales, que el propósito antes mencionado ha presentado -y seguirá presentando- en su discurrir; propósito y ribetes asimilables por entero a los que han movido, impulsado y caracterizado los ya innumerables “casos” que de día en día, la inteligencia policial ha ido bautizando con sugerentes  e ingeniosas denominaciones[1] en su labor de investigación de tramas y escándalos. Y de nuevo aquí comparece la ontología, solo que ahora el “universal” pasaría a ser la Corrupción[2].

Con respecto a lo sucedido hasta ahora y desde el planteamiento que se acaba de exponer, los principales elementos en juego serán examinados en las líneas que siguen procediendo del siguiente modo: identificándolos y desglosándolos primero, para reagruparlos a continuación en tres planos o facetas:

1. La creación y preparación institucional de un espacio o campo de juego en el que diversos agentes que representan las diversas modalidades extractivas del capital, esencialmente el inmobiliario y el financiero, podrán disputarse esa.

2. La plasmación concreta del planeamiento, en su devenir, en tanto instrumento de ordenación del espacio urbano y sobre todo en tanto instrumento que constituye un soporte básico para la obtención de ganancias al tiempo que regula su apropiación.

3. La Sentencia, como episodio en el que finalmente se condensan las maniobras y esfuerzos destinados a justificar desde la autoridad judicial un más que dudoso ajuste entre lo ya sancionado en la esfera administrativa (y también en la política en el presente caso) y la legalidad a la que debería haberse sujetado.

Estos tres planos pese a ser distintos y aparentemente autónomos están estrechamente interrelacionados y gobernados por la lógica impuesta por el primero de ellos, es decir por ese permanente propósito de cosechar en forma de ganancia privada los frutos derivados del proceso de expansión y transformación de la ciudad.

Foto de Jesús Gago.

Espacio codiciado. Negación flagrante de un precepto constitucional y oportunidad perdida

En 1993 RENFE convoca un concurso para “poner en valor” una limitada parte [3] de los terrenos que ocupan sus instalaciones ferroviarias en Chamartín, en cuanto tales adscritos al dominio público y cuya administración y destino a ese fin le había sido encomendada una vez que fueron adquiridos mediante expropiación.

Las 62 hectáreas que originariamente RENFE trataba de “poner en valor” se vieron así triplicadas y con ellas mucho más todavía sus frutos. Con ello sin embargo, la incesante codicia que mueve cualquier negocio sustentado en la extracción de rentas no quedaba colmada. Hubo pronto (2002) que recurrir a lo que ha sido la principal regla en la gestión del Plan General vigente desde 1997 -sus incesantes modificaciones- hasta saciar las ansias de negocio quintuplicando la superficie originaria, para así superar los tres millones de metros a construir.

La conversión de terrenos de dominio público en bienes patrimoniales para su consiguiente mercantilización y traducción en dinero ha sido -y sigue siendo- práctica común y generalizada entre los diferentes entes del Estado y del resto de las Administraciones Públicas.

Ese ingreso en la esfera del codiciado negocio inmobiliario ha implicado, por un lado, la adopción de la misma lógica que preside y guía la persecución y obtención privada de lucro y que no es otra que su maximización; y por el otro lado, de modo simultáneo, ha supuesto el alejamiento -de hecho- de cualquiera de los valores de índole social que se conocen bajo los nombres de “bien común” o de “interés general”, en cuya tutela y defensa el Estado tendría que comprometerse de modo efectivo.

Una retórica invariable que da por supuesta la bondad finalista, como atributo natural de los actos del Estado en tanto representante de lo público, ha querido asimilar la mencionada inmersión en el negocio inmobiliario como una de las formas en que la comunidad puede participar en “las plusvalías que genera la acción urbanística de los entes públicos” (artículo 47 de la CE in flne); según ello, la financiación de infraestructuras o el aligeramiento de la deuda pública legitimarían por sí solas tal participación, cualquiera que sea la forma adoptada.

El problema es que esa creencia deja en la sombra el esencial cometido que ese mismo artículo, con anterioridad, ha encomendado a los poderes públicos y que es nada menos que “impedir la especulación”.

En el caso que nos ocupa dentro del ámbito ‘perimetrado’ como MNN, la propiedad pública de suelo es mayoritaria y dentro de ella la proporción más elevada pertenece a RENFE, La entrega del que ésta dispone, mediante su venta a un solo operador, que adquiere con ello un inestimable ‘poder de mercado’, entra en flagrante contradicción con el mencionado precepto constitucional ya que supone justo lo inverso de lo establecido por el mismo (“impedir la especulación”). Máxime cuando la actividad y por tanto la naturaleza de dicho operador -el BBVA- ni siquiera es inmobiliaria sino financiera y cuando, además, la entrega es total, se efectúa en una sola vez y por un tiempo de tan dilatada duración (más de 20 años con toda probabilidad); lo que inevitablemente le convertirá en dueño y señor en régimen de oligopolio de esta estratégica e importantísima porción del territorio madrileño.

De este modo la pretendida legitimidad en la “participación pública en las plusvalías generadas por la acción urbanística”, al resolverse en este caso mediante la venta de unos terrenos públicos en condiciones tales que todas las ventajas -precio y forma de pago [4] incluidos- quedan en el campo del comprador, lleva consigo la creación de un campo abonado para ejercitar libremente la especulación durante años y años (previsiblemente tantos como ya ha requerido la preparación del mismo).

La otra cara de la perversión en ese comportamiento del poder público es la pérdida de una de las ya escasas oportunidades que la ciudad de Madrid y con ello la metrópoli de la que es lugar central, ofrecía para materializar un verdadero cambio de rumbo en la forma de intervenir sobre el territorio[5].

Deslegitimación del urbanismo

El “caso” Chamartín, examinado a través de su plasmación en el planeamiento urbanístico, resulta ser la verificación más elocuente del completo derrumbe de los pilares sobre los que parecía haberse asentado la legitimidad del urbanismo en tanto disciplina profesional, como consecuencia de su agrietamiento progresivo y acelerado[6]. Bajo tal ruina solo queda ya un único cimiento: un amasijo de leyes, reglas y procedimientos burocráticos, envuelto en tediosa literatura de pésima calidad.

Un planeamiento que es la consecuencia de concebir el urbanismo como instrumento cuya principal función fuera la de convertir “terrenos” en “derechos” y estos en “dinero”.

Un planeamiento en que todo queda supeditado irremediablemente al fin principal, que no es otro que el del afloramiento y la maximización de plusvalías y con ello la ‘extracción’ de rentas como motor de la transformación del territorio y como fuente principal de lucro privado.

Un planeamiento que deliberadamente o por ignorancia tiene como pretensión borrar el territorio físico –con sus preexistencias– y que renuncia -como meta-, a construir un nuevo paisaje urbano respetuoso con los condicionantes impuestos por la geografía física y social.

Un planeamiento que parte de un equívoco, tan extendido como arraigado, según el cual los terrenos “generan” edificabilidad, es decir como si ésta “brotase” de la tierra como consecuencia de una suerte de “fertilidad” natural, en vez de ser consecuente resultado de meras decisiones administrativas, adoptadas con un muy alto grado de discrecionalidad, cuando no de arbitrariedad.

En efecto, lo que ocurre con frecuencia -y en operaciones como la que nos ocupa resulta más que palmario- no es sino la consecuencia de haber establecido ‘a priori’ y como variable, o más bien como “dato” exógeno, el ‘quantum’ de edificación que ha de ‘meterse’ dentro de determinado ámbito, bien sea por mostrenca aplicación de un índice igualmente exógeno, bien sea para ‘casar’ las cuentas de la plusvalía que es preciso obtener para sufragar los costos de infraestructuras, dato o variable en todo o en parte igualmente exógenos- a la propia implantación de lo proyectado.

En concreto el susodicho planeamiento ha significado el olvido o el arrinconamiento del que debiera ser el principio rector de cualquier ordenación urbanística: la racionalidad en la reconfiguración urbana del espacio o lo que es lo mismo la adecuación máxima entre las cualidades potenciales de los suelos y el destino que se les asigna.

Desde ese elemental y al mismo tiempo esencial principio resulta extravagante edificar sobre lo que reúne las mejores condiciones físicas, sociológicas, posicionales y paisajísticas para convertirse en parque y, en cambio, asignar ese destino a la inmensa losa de hormigón que cubrirá las vías mediante una costosísima estructura, convirtiendo la estación en un sótano y privando además a ese nuevo espacio soterrado de un elemento arquitectónico de importancia y valor tan elevado como es la iluminación y ventilación natural.

¿Cómo responder a la Sentencia?

La oposición del CDU frente a la Operación Chamartín viene de lejos, tiene un largo pasado. Al principio no solo junto a otras instituciones de la sociedad civil, sino también en convergencia con lo que en tiempo no demasiado lejano fueron las posiciones de los partidos políticos de izquierda, incluidos los que han tenido y tienen representación institucional.

Así pues, la decisión que llevó al CDU a presentar un Recurso contencioso frente al planeamiento aprobado, no es sino la prosecución consecuente de lo que hasta el momento había venido haciendo respecto a la referida Operación.

Siete fueron las causas de nulidad finalmente aducidas en el Recurso[7]. En su selección se descartaron algunas otras que, pese a no carecer de fundamento, eran parciales o de carácter más formal y podían distraer del principal objetivo perseguido con aquél: la reiteración formalizada y canalizada ahora por vía judicial de una enmienda a la totalidad a esta funesta Operación, cuyo último acto de una largo proceso había sido la aprobación definitiva del planeamiento.

Así pues junto a razones más sustanciales y de fondo para oponerse a la Operación, reiteradamente manifestados con anterioridad, se sumaban ahora las graves y numerosas infracciones de ley de que adolecía dicho planeamiento

La respuesta que la Sentencia da a los razonados argumentos aportados en el Recurso sobre los referidos motivos de nulidad no ha podido ser más evasiva y decepcionante. Lejos de rebatirlos en concreto y de modo directo, la Sentencia se guarece tras un fárrago de citas que reproducen in extenso -para tergiversar a continuación su sentido- sentencias anteriores del mismo tribunal, o de otra instancia superior y páginas de la Memoria del Plan recurrido al que concede de modo tan generoso como ostentoso el beneficio de la presunción de veracidad y de raciocinio.

Naturalmente, la Sentencia, como cualquier otra, en su alcance meramente jurídico ha de ser acatada. Ello no es sino el reconocimiento de la ontología del Poder: el poder es lo que es. O si  se quiere recordando la cita de Quine que encabeza este escrito: ”Hay lo que hay”.

Por el contrario, desde el punto de vista exclusivamente intelectual o de la razón, la Sentencia no solo puede sino que debe ser rechazada. Es más el rechazo o el desacato intelectual a la misma es la única respuesta honesta que nos queda a quienes simultáneamente nos resistimos a dar por irremediable la muerte del Urbanismo, ni por válida el acta levantada sobre dicha defunción por quienes en este caso han ejercitado burocráticamente la función de administrar, tal  y como predica la Constitución, la Justicia, pero más en nombre del Rey que no del pueblo del cual emana.

Notas:

1) “Caso Gürtell”, “caso Madeja”, “caso Pitusa”, “caso Pokemon” etc.

2) En 2013, según el Consejo General del Poder Judicial, en España se investigaban 1661 casos de corrupción.

3) 62 has de las 320 que al discurrir de los años acabaría alcanzando el “terreno de juego”.

4) Mientras que RENFE pone sus terrenos a disposición del comprador al principio y de una sola vez, a éste se le aplaza el pago para que lo vaya haciendo en cuotas anuales durante veinte años.

5) Es decir para colmar carencias y satisfacer necesidades tan desamparadas y perentorias como el alojamiento para quienes el mercado y la inexistencia de vivienda pública en alquiler vetan cada vez más su acceso; haciéndolo al tiempo con nuevos modos, atentos a la a la preservación, cuidado y transformación del medio urbano, sin desnaturalizar su original esencia de ‘bien del común’, para el uso y disfrute de los ciudadanos que ahora estamos; y para devolverlo, una vez transformado, mejorado a quienes nos sucederán.

6) Manuel de Solá Morales, en un tan condensado como magistral artículo advirtió hace ya más de tres lustros de esa irremisible pérdida de legitimidad asentada hasta entonces en:
a) El conocimiento especializado, la racionalidad técnica y la autoridad científica como supuestos atributos de esa disciplina y por consiguiente inherentes a quienes la ejercitan.
b) La existencia de una moral específica (reformismo social) sobre el interés público y la mejora de las condiciones de vida, particularmente las de los más desfavorecidos.
c) La persecución de valores estéticos como objetivo (embellecimiento de la ciudad) y en consecuencia la ‘artisticidad’ como cualidad del urbanista en el desempeño y en el resultado de su trabajo.

7) De un modo aún mas conciso y con la única finalidad de servir de recordatorio, se enuncian a continuación esos siete motivos de nulidad :
1. La clasificación de suelo.
2. Atribución de derechos de edificabilidad con fraude de ley a suelos de dominio público que no pueden ser ni serán desafectados o alternativamente a fincas inexistentes (la losa de cubrición de la playa de vías del ferrocarril).
3. Fraude de ley igualmente en la configuración de zonas verdes al considerar dicha losa como la principal y más extensa de las calificadas como tales.
4. Arbitraria y fraudulenta asignación de edificabilidades y aprovechamientos urbanísticos en clara ventaja para Renfe y sobre todo para su afortunado adjudicatario (BBVA) en el Centro de Negocios, con infracción del equitativo reparto de beneficios y cargas.
5. Reserva de suelo para vivienda protegida inferior a los mínimos legalmente establecidos.
6. Planeamiento consecuencia de un previo convenio no configurado ni tramitado formalmente como tal , pero nulo de pleno derecho según vigente legislación.
7. Desviación de poder al primar el interés particular sobre el general.

Con Ana María López Martín como editora del proyecto, textos de Miguel Cuesta Aguirre y, sobre todo, con las espléndidas ilustraciones arquitectónicas de María del Busto Abriqueta, algunas de las cuales reproducimos en este artículo, la editorial Anaya Touring ha publicado recientemente este libro, que nos ofrece un recorrido por veinte ciudades de España y el resto de Europa teniendo como hilo conductor su camino hacia la sostenibilidad.

Siguiendo un orden alfaético nos adentramos en ciudades que han desarrollado edificios y zonas que quieren cumplir con lo dispuesto en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. El urbanismo, los ecosistemas, la biodiversidad, los eco-barrios, la economía circular, la utilización de tecnologías inteligentes, la reducción a cero de CO2 son algunas de las medidas necesarias para que los sistemas puedan mantenerse a largo plazo sin agotar los recursos, perjudicar el medio ambiente o generar injusticias sociales, es decir conseguir la sostenibilidad de las zonas y edificios que habitamos. Así, visitamos el edificio Zuidas, el centro de Arquitectura de Ámsterdam o el NEMO en Ámsterdam. Nos adentramos en el Fórum, el hospital San Pau o la Biblioteca Sant Gervasi, entre otros, en Barcelona. Berlín es una de las ciudades que nos ofrece una amplia gama de lugares y espacios: el Futurium, el Foro Humboldt o el vergel Prinzessinnengärten.

Cité du Vin- Burdeos (2016)

En Burdeos, la ciudad del Vino, no podía faltar la Cité du Vin, un museo a orillas del Garona, que además de museo es un espacio urbano ganado por los vecinos, cuyo diseño (de XTU, 2016) se presta a un sinfín de interpretaciones.

Copenhague nos ofrece sus islas flotantes, un nuevo concepto de parque público. En Estocolmo podemos ver las Slussen (esclusas) el Skansen (museo rural) o el Hammarby Sjöstad. El Centro Internacional de Artes José de Guimarães es otra de las visitas que nos ofrece este libro en el que no podía faltar la ciudad de Hamburgo con su Elbphilharmonie (la filarmónica del Elba).

Löyly, Helsinki (2016)

Löyly, en Helsinki, diseño de Avanto Architects, es un edificio que alberga un restaurante y sauna pública y cuya construcción se ha hecho con madera de telas sostenibles.

De Lisboa podemos ver la Terminal de cruzeiros. Y en Londres no podía faltar la Tate Modern, sede del Museo Nacional Británico de Arte Moderno. Madrid Río es el espacio principal de Madrid los que podemos ver en este libro.

Hotel Indigo (2018) Manchester.

El NOMA (North Manchester) es un distrito de usos mixtos que merece la pena ser visitado.

Milán nos presenta su Palazzo Italia, que fue estandarte de la Exposición Universal de 2015. Y en Oslo hay que ver el Vulkan, que ha convertido un viejo espacio industrializado en un barrio de filosofía sostenible, así como el Munchmuseet, diseño de Herreros finalizado recientemente (2021).

Museo Munch (Oslo) 2021 Diseño de Herreros

No podían faltar París con su Museé du Quai Branly (2006) dedicado a las civilizaciones de África, América, Asia y Oceanía, ni el Markthal de Róterdam (2014). De Viena hay una buena muestra de oficinas sostenibles, viviendas sociales y el WU (Universidad de Economía de Viena). Vitoria es otra de las ciudades españolas que aparecen en el libro. En ella destaca el Palacio de Congresos de Europa (2015), un jardín vertical de Urbanobolismo.

Tanzhaus, Zúrich (2019)

Por último, visitamos el Tanzhaus en Zúrich. Diseñado por Barozzi Veiga, esta escuela y escena de danza constituye una espléndida recuperación del paseo fluvial. Un proyecto que ha logrado enriquecer culturalmente al barrio y mejorar la movilidad a pie y en bicicleta.

Notas:

*Foto de portada: Vulkan (Oslo,Noruega) Diseño de LPO Arkitekter (2014). Ubicado a orillas del río Akerselva, un espacio industrializado ha sido convertido en un barrio con filosofía sostenible.

En los calores de julio de 1972, Manuel Marlaska, cronista del ABC, estaba de miranda en la esquina de la calle de Magallanes con la de Donoso Cortés, y se preguntaba si la reja con la que finalizaba la primera de esas calles encerraba a los madrileños o si, por el contrario, los enrejados eran los trabajadores del Parque Móvil del Estado y los vecinos de la aneja colonia de San Cristóbal (ABC, 22-VII-1972). La institución que centralizaba la movilidad oficial de España desde 1940 era un mundo aparte, un pequeño universo o, si se quiere, una isla, como reitera la memoria de nuestros entrevistados, criados en ella.

Lo sigue siendo. Con sus 76.782 metros cuadrados construidos, las instalaciones del Parque continúan siendo las grandes desconocidas del distrito de Chamberí, como demuestra cualquier encuesta informal y apresurada que se realice a viandantes fijos u ocasionales de las calles del barrio. La colosal fachada del número cinco de Cea Bermúdez, de un sabor nítidamente primifranquista (fue finalizada en 1950, tras casi una década de obras), oculta físicamente los dos grandes corazones del complejo: un enorme garaje multi-storey, con capacidad para más de un millar de automóviles, y una muy extensa nave con cubierta en dientes de sierra, destinada a albergar los talleres de reparación de camiones, autobuses, utilitarios y motos de servicio oficial.

Es un ejemplo muy claro de la arquitectura civil de los años 40, puramente utilitaria, funcional sin la más mínima concesión y sin más alarde que la gran rampa de acceso a las plantas del garaje, la cual, a pesar de su interés, no es lo más valioso del complejo.

Desde que, a comienzos de los años 90, el Ministerio de Hacienda esbozase el horizonte de ir deshaciéndose de lo que comenzaba a ser percibido más como un lastre que como una institución funcional, el Parque no ha dejado de perder intensidad de uso, reducido hoy a muy poca cosa: un contenido residual en una formidable cáscara, un gran espacio infrautilizado en el corazón de Chamberí.

Es sin duda este último aspecto, el de su localización, el que, en el contexto de una acelerada gentrificación del distrito, hubo de atraer las miradas siempre atentas de los grandes inversores inmobiliarios (se llegó a hablar de una auténtica delicatesse urbana en la prensa económica o en las secciones equivalentes de la general), a lo que vendría a unirse la oportunidad de que los sucesivos Ministerios de Hacienda hiciesen caja realizando las plusvalías derivadas de su mera posición en la trama urbana. Y es en ese escenario de deseos cruzados y coincidentes en el que, a la altura de 1997, el Ayuntamiento de Madrid hubo de aprobarla APR.07.05 que abría la espita a la posible demolición del conjunto al amparo del Plan General de Ordenación Urbana de ese año, aún vigente hoy, más de veinte años después.

En 2017, la consciencia de esa amenaza llevó a la configuración de un Grupo de Trabajo en Defensa del Parque Móvil en el marco del Foro Local del Distrito de Chamberí, hoy reconvertido en asociación registrada, una vez que el actual Ayuntamiento parece haber optado de facto por el resuelto desmantelamiento de toda forma de participación vecinal digna de tal nombre. Su trabajo desde entonces ha venido desplegándose en materia de una exposición en la Casa de Cultura y Participación Ciudadana de Chamberí, la realización de una detallada unidad didáctica para colegios (a cargo del malogrado Juan Paz Miraz), una conferencia en la Casa de Cultura, otra en el Centro Cultural Galileo y dos en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Madrid, además de la implicación de prestigiosos profesionales de la arquitectura (especialmente a través del Club de Debates Urbanos) y de la historia y la sociología (especialmente a través del Grupo de Investigación Consolidado Charles Babbage de la Universidad Complutense, generadora de varias publicaciones científicas al respecto). Las dos guías principales de ese trabajo han sido la de la evaluación patrimonial del Parque Móvil considerado en sí mismo y, por otro lado, la de su valoración social como posible ámbito privilegiado para el común de los vecinos (chamberileros y, en general, madrileños).

Un espacio de elevados y peculiares valores patrimoniales

La sede estatal del Parque Móvil del Estado (en origen Parque Móvil de Ministerios Civiles) comienza a construirse, al tiempo que la colonia de San Cristóbal, en 1941-42 y finalizado en 1950 (y 1957 en el caso de la colonia). Viene marcado, pues, por el estigma urbanístico, arquitectónico y organizativo de aquel Primer Franquismo cuya herencia patrimonial, en más de un terreno, no se encuentra suficientemente considerado aún, al menos en opinión de los abajo firmantes.

Desde un punto de vista descriptivo, el patrimonio amenazado del Parque Móvil, obra del arquitecto palentino Ambrosio Arroyo, agrupa tres piezas arquitectónicas. Por un lado, el garaje, una suerte de gran prisma cuadrangular (53 por 193 metros) de cuatro plantas sobre tierra y otra de sótano, servido por una excepcional rampa de doble helicoide única en España y de traza y aspecto de extraordinaria elegancia y funcionalidad, muy en la línea de otros grandes garajes europeos y norteamericanos del movimiento moderno de los años 20 y 30.

Por otro lado, e igualmente sustraído a la vista, la gran nave de talleres, de 190 por 46 metros, consta de una sola planta (aunque una parte de su subsuelo se configura como sótano) y aparece cubierta por 19 dientes de sierra con luz procedente del norte que apoyan sobre los muros perimetrales de ladrillo y una red de pilares y cerchas metálicas de nada frecuente ligereza, lo que asegura al conjunto una gran diafaneidad y una notable flexibilidad de contenidos y usos. En la nave se conserva un raro e infrecuente mural de 26 por 1,60 metros, organizado en once paneles que exaltan la propia construcción del Parque Móvil (el estudio de los arquitectos, las obras de construcción de la rampa) y, sobre todo, los diferentes oficios implicados en la conducción (de motos y de coches) y en los trabajos de reparación automovilística de la época (forja, chapa y pintura, ebanistería, tapicería, guarnecido, electricidad, etc.) Es obra de Germán Calvo, un pintor palentino con formación muralística en Italia que, por las mismas fechas (1950-52), habrá de participar en las pinturas murales de la iglesia de la colonia (al lado de otros como Eduardo Vicente, Francisco Galicia o Ramiro Ramos).

En uno de sus extremos cortos, garaje y nave de talleres, separados entre sí por una ancha calle de servicio interior, se ven reunidos por la pieza de servicios generales, con acceso por Cea Bermúdez, una planta rectangular de 105 por 31 metros y cinco alturas a la vista. Su condición de sede estatal del Parque Móvil permite entender el tratamiento altamente representativo de su fachada, con un poderoso basamento de granito, dos grandes columnas toscanas de piedra de Colmenar cosiendo la planta baja y el entresuelo, un ligero adelantamiento de las fajas central y extremas, un discreto uso de la alternancia textural entre chapado de piedra y ladrillo visto y una coronación en forma de pabellón (destinado a vivienda del director de la institución) que se presenta apoyado en dos pares  de columnas sin basa, capitel ni éntasis, lo que le otorga un aire indudablemente moderno y monumental, se diría que italianizante o germanizante.

Desde una perspectiva funcional, el edificio principal acogía las oficinas, una cafetería, residencias para oficiales y para trabajadores solteros o de paso, aulas, un gran salón de teatro y cine (demediado en su altura a resultas de una reforma interior) y, ya sin uso, un ascensor continuo del tipo llamado paternóster.

Es la consciencia de esos valores patrimoniales intrínsecos lo que llevó al Grupo en Defensa del Parque Móvil (y a una buena baraja de prestigiosos arquitectos madrileños) a solicitar en diciembre de 2018 la declaración de Bien de Interés Cultural para todo el edificio de los tres elementos reseñados, más allá de la declaración vigente para sólo la rampa de acceso al garaje, una suerte de astracanada absurda en caso de demolición por cuanto, una vez eliminado aquél, el garaje, ¿a qué cielo o nada habría de conducir ésta, la rampa, concebida precisamente para la movilidad funcional? Por lo demás, un informe del Instituto del Patrimonio Cultural de España, de 10 de octubre de 2017, recomendaba que el mural de la nave de talleres no fuera movido de su emplazamiento actual, por cuanto “gran parte del valor de este mural radica, junto a su calidad artística, en su contextualización dentro del espacio para el que se creó”. Al año siguiente, la Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando solicitaba la incoación de expediente de BIC en categoría de monumento para el edificio del Parque Móvil.

Un espacio infrautilizado que debe servir a los vecinos de Chamberí

Pero es que, más allá de sus valores intrínsecos, los locales del Parque Móvil, con evidente pérdida de funcionalidad hoy, podrían configurar para Chamberí (y para la metrópolis madrileña) un polo de actividad económica, social y cultural de primer orden. Desde hace años, y a su modesta escala, la Asociación en Defensa del Parque Móvil del Estado viene desarrollando y promoviendo un debate acerca de los eventuales contenidos y usos que podrían verse albergados allí, en ese ámbito cuyo precio de mercado resulta de unas plusvalías que nacen del propio crecimiento de la ciudad y que, por ello, debieran corresponder al común de la ciudad.

A partir de alguna idea del arquitecto Francisco López Groh o de algún ejercicio académico de los también arquitectos Andrea Brufatto, Chiara Caselli y Sara Puglia, la asociación considera que es urgente abrir ese debate al conjunto de la ciudadanía, al tiempo que avanza alguna consideración general al respecto. Por un lado, la panoplia de eventuales usos futuros habrá de respetar la memoria del lugar, establecer alguna continuidad entre sus usos originales y otros más acordes con los tiempos que corren. Y eso significa, por otro lado, articular productiva y fértilmente contenidos culturales con usos educativos y productivos, de trabajo real.

A la vista de una valoración de experiencias y realidades europeas en espacios similares, la asociación viene manejando algunas posibilidades que puedan favorecerse mutuamente, sinérgicamente: un Museo de la Historia de Madrid en el siglo XX (que no existe a día de hoy en el sistema museal madrileño), capaz de incluir tratamientos específicos de la historia de la cultura madrileña del automóvil, así como del propio lugar, es decir, el Parque Móvil; y sobre todo un conjunto de actividades vinculadas internamente entre sí y externamente con la producción y el trabajo: ciclos formativos de formación profesional en oficios que tengan alguna relación con el automóvil, talleres de artes y oficios y de restauración (pintura mural, automóviles antiguos), espacios de trabajo para makers, un centro de investigación empresarial-universitario en materias vinculadas con el automóvil (nuevas energías, componentes, etc.) y espacios para la participación vecinal, hoy tan amenazados (cuando no directamente suprimidos).

¿Una utopía?, ¿un sueño recuperar el espíritu de la Bauhaus tendente a articular productivamente lo que Gropius denominaba “forma” y “trabajo”? Tal vez. Y sin embargo, el reciente programa de la Unión Europea presentado por Ursula von der Leyen y significativamente denominado New European Bauhaus no aspira a otra cosa que eso mismo, actualizado, eso sí, por la vía de las transformaciones digitales y de las energías verdes.

Notas:

*Teresa Arenillas Parra es presidenta del Club de Debates Urbanos.
José Sierra Álvarez es catedrático de Geografía y Urbanismo de la Universidad de Cantabria.