La vivienda, cómo blindarla como un derecho
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Alejandra Jacinto
Abogada CAES
La apuesta histórica por la especulación, el urbanismo sin control, la privatización de las viviendas públicas (más de seis millones), el todo urbanizable que ha traído consecuencias catastróficas como las inundaciones de la DANA, así la falta de regulación del mercado inmobiliario ha provocado una situación de crisis habitacional. Una crisis que es múltiple y está causada por un modelo inmobiliario que antepone la vivienda como inversión, en lugar de como derecho ciudadano de forma histórica. Crisis que ha ido mutando,desde el estallido de la burbuja inmobiliaria con la ejecución masiva de cientos de miles de procedimientos de ejecución hipotecaria y el rescate bancario hasta la actualidad donde, nos encontramos inmersos en una burbuja de precios del alquiler que es consecuencia directa, por acción u omisión, de las políticas públicas realizadas.
Es necesario apuntar que además de las consecuencias sociales evidentes que genera la crisis de la vivienda, las consecuencias climáticas y ambientales han de tenerse también presentes. La urbanización sin control sumado a un existente parque de vivienda envejecido e ineficiente es un problema que ha de abordarse de inmediato.
En la actualidad, la vivienda se ha convertido en la primera gran preocupación ciudadana según el CIS. La dificultad en el acceso a la vivienda como consecuencia de los elevados precios de esta, ya sea en compra o en alquiler está suponiendo de facto una brecha de desigualdad que no hace más que agravarse con el paso del tiempo y la ausencia de decisiones políticas que pongan freno a políticas especulativas. La vivienda es cada día más inasequible para la mayoría de la sociedad. La actual combinación de precariedad laboral, exiguos salarios y vivienda inasequible produce en estos momentos, en los que “la seguridad” está en boca de todos, inseguridad real para las mayorías sociales de nuestro país.
Inseguridad para trabajadores y autónomos que no saben si van a subirles el alquiler o no les van a renovar el contrato, inseguridad para los jóvenes que no pueden aspirar a emanciparse, inseguridad para las familias cuya cuota hipotecaria variable puede aumentar si así lo decide el BCE, inseguridad de personas en situación de vulnerabilidad que llevan años en listas de espera para poder acceder a una vivienda protegida, inseguridad para las personas en situación de sinhogarismo para las que tampoco existen sistemas de acogida suficientes, etc, etc.
Resulta necesario entender las causas estructurales que subyacen a esta cuestión, así como la posición de los poderes públicos hasta la fecha.
En ese sentido podemos afirmar que:
Llevamos 47 años de democracia con un derecho (artículo 47 CE) que no ha sido configurado como Derecho Fundamental a pesar de serlo materialmente. Un derecho que da acceso a otros derechos y eso tiene que ver con su ubicación en el texto Constitucional que convierten el mismo en un derecho que no es materialmente exigible, justiciable, ni subjetivo a día de hoy. ¿Sería necesaria una reforma constitucional para “fundamentalizar” el derecho a la vivienda y que deje de ser un principio rector de la política social y económica? O, con su configuración actual ¿es suficiente? Teniendo en cuenta que, en todo caso, el derecho a la vivienda es un Derecho Humano (artículo 25 DUDH y artículo 11 PIDESC), se reconoce en la Carta Social Europea Revisada y en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y en aplicación del artículo 10.2 y 96 de la Constitución “los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento jurídico interno”.
A su vez, resulta necesario reflexionar sobre la distribución competencial del derecho a la vivienda, cuestión que está sirviendo de excusa para algunas administraciones públicas y en particular gobiernos autonómicos ubicados del lado de la especulación inmobiliaria para ejercer una inacción consciente y contumaz en cuanto al desarrollo, promoción y garantía del derecho a la vivienda.
Sabiendo que la vivienda es competencia autonómica plena al mismo nivel que ordenación del territorio y urbanismo, pero que el Estado es competente en la planificación general de la actividad económica, bases y coordinación ¿existe margen de maniobra para que desde la Administración Central se obligue a actuar a aquellas Comunidades autónomas en franca rebeldía constitucional?
Igualmente ha de tenerse en cuenta la actuación dispar de las diferentes Administraciones Públicas, algunas con voluntad real de garantizar el derecho a la vivienda con legislación, mecanismos y organismos en marcha para su garantía frente a otras donde únicamente impera el libre mercado.
Si bien la primera Ley de Derecho a la Vivienda aprobada recientemente constituyó un paso adelante, quedan muchos elementos pendientes. La sociedad española en general y su sector público en particular tienen el deber desarrollar un sistema de vivienda como un pilar más del Estado del Bienestar, convergiendo así con Europa. Eso significa desarrollar un servicio público de vivienda y una normativa que evite la especulación, proteja a los residentes y garantice la función social de la propiedad, haciendo así efectivo el derecho a la vivienda.
Para ello resultaría necesario poner límites a un modelo cada vez más financiarizado, globalizado, especulativo, oligopolístico y extractivista, donde la concentración de la propiedad se encuentra cada vez en menos manos, según datos del propio Ministerio de Vivienda.
De hecho, de los casi tres millones de viviendas en alquiler, la mitad pertenece de multipropietarios, rentistas o fondos que cada vez concentran más propiedades y además, en algunos casos, gozan de una fiscalidad privilegiada.
Existe, además, un desvío de la oferta de vivienda hacía el alquiler vacacional, temporal y de habitación y todo ello sumado al dato de 3,8 millones de viviendas vacías según el Banco de España. ¿Hay realmente un problema de oferta o el problema radica en el desvío fraudulento de la misma? ¿Pueden ser esas prácticas constitutivas de usos antisociales de la propiedad privada proscritos en la Constitución (artículo 33)?
¿Cuáles son las medidas más adecuadas para corregir esta situación? ¿Cómo es posible solucionar este gran problema destinando menos del 0,20% del PIB a la partida de vivienda, mientras se habla de aumentar exponencialmente otras partidas en una situación de ausencia de Presupuestos?
Teniendo en cuenta el aumento del número de operaciones de la compra de viviendas para inversiones; la proliferación de los abusos inmobiliarios; la participación de múltiples actores con intereses económicos; la discriminación que produce el propio mercado inmobiliario, dejando fuera a una parte de la población por razón de raza, género o capacidad económica; la sofisticación y profesionalización de los operadores del mercado inmobiliario; los procesos de turistificación y gentrificación que asolan los centros de las ciudades con la proliferación de viviendas turística (sólo en Madrid operan de forma impune más de 15.000 de ellas, sin licencia) y la extensión del negocio y el discurso del miedo. ¿Qué podemos hacer?
¿Están funcionado la regulación de precios que prevé la Ley de Vivienda? Los datos apuntan que sí, que mientras en Barcelona bajan los precios un 6%, en Madrid suben un 18%. Sin embargo, ¿es esto suficiente? ¿podría ser el alquiler indefinido un antídoto frente a la espiral especulativa de precios?
La sociedad civil organizada demanda soluciones urgentes al principal problema que adolece hoy la sociedad en su conjunto, movilizándose masivamente en las principales capitales del país, organizándose en colectivos como los Sindicatos de Inquilinas y otras organizaciones vecinales en defensa del derecho a la vivienda. Sin embargo, no esperan ya políticas públicas a la altura pues la desconfianza y la desafección justificada por la falta de resultados empieza a emerger.
Es el momento de ser capaces de diseñar un plan de intervención, contundente, concreto, materializable, exigible que, de resultados a corto, medio y largo plazo, siendo conscientes de que estamos inmersos en un conflicto, donde la conciliación de intereses resulta imposible y donde aparece como condición necesaria limitar los beneficios económicos del sector inmobiliario (en sentido amplio) para garantizar al acceso a la vivienda y otorgar seguridad residencial a la población. No hacerlo, pasará factura.
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